Sabemos que desgraciadamente se siguen violando diariamente los derechos de millones de niños y niñas en todos los países del mundo y, por lo tanto, todas las instituciones públicas y privadas, por un lado, y la sociedad civil, por otro, deben responder a este reto y seguir luchado para que la Convención se convierta en una realidad en beneficio de los niños y niñas del mundo. Para esta movilización de toda la sociedad, tanto nacional como internacional, sigue siendo una prioridad el artículo 42 de dicha Convención, el cual compromete a los Estados Parte "a dar a conocer ampliamente los principios y disposiciones de la Convención por medios eficaces y apropiados, tanto a los adultos como a los niño".
El Preámbulo de la Convención sobre los Derechos del Niño:
- Recuerda los principios fundamentales de las Naciones Unidas y las disposiciones precisas de algunos tratados y declaraciones relativos a los Derechos Humanos;
- Reafirma la necesidad de proporcionar a los niños cuidado y asistencia especiales en razón de su vulnerabilidad;
- Subraya de manera especial:
- La responsabilidad primordial de la familia por lo que respecta a la protección y a la asistencia;
- La necesidad de una protección jurídica y no jurídica de los niños;
- La importancia del respeto de los valores culturales de la comunidad del niño o la niña;
- El papel crucial de la cooperación internacional para que los derechos de los niños se hagan realidad.
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